1.1. TIPOS DE EMPLEADOS DEL SECTOR SANITARIO PÚBLICO
1.2. EMPLEO PRIVADO
2. OFERTAS PUBLICAS Y PRIVADAS DE EMPLEO EN EL SECTOR SANITARIO. PROCESOS DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN
2.1. OFERTAS PUBLICAS Y PRIVADAS DE EMPLEO EN EL SECTOR SANITARIO
2.2. SELECCIÓN DE PERSONAL EN LA EMPRESA PRIVADA
2.3. ACCESO A LA FUNCIÓN PUBLICA
2.4. OFERTA DE EMPLEO PUBLICO (OPE)
2.5. MÉTODOS Y PROCESOS DE SELECCIÓN
3. PUESTOS DE TRABAJO EN EL SECTOR
3.1. GRUPOS DE CLASIFICACIÓN
3.2. PUESTOS DE TRABAJO EN EL SECTOR SANITARIO
4. UTILIZACIÓN DE APLICACIONES INFORMÁTICAS DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
5. CARTERA DE SERVICIOS DE UN CENTRO SANITARIO PUBLICO, PRIVADO, DE ATENCIÓN PRIMARIA, ESPECIALIZADA
1. TIPOS DE EMPLEADORES DEL SECTOR SANITARIO
1.1. TIPOS DE EMPLEADOS DEL SECTOR SANITARIO PÚBLICO

Dentro de la Administración española tenemos a los siguientes tipos de empleados públicos:
- Personal laboral.
- Funcionario de carrera.
- Personal eventual.
- Personal directivo.
- Funcionario interino.
- PERSONAL LABORAL
El contrato de trabajo es el que determina la modalidad del personal laboral, así tenemos:
- Personal laboral fijo.
- Personal laboral indefinido.
- Personal laboral temporal.
Un funcionario de carrera ha superado el proceso selectivo de una oposición. Además, disponen de un nombramiento en el que se reconoce dicha condición.
En el personal funcionario de carrera existen diversos grupos, establecidos según la titulación requerida para su acceso. Así tenemos el Grupo A, B y C y sus subgrupos.
Grupo A: que a su vez está divido en el subgrupo A1 y A2. Si deseas acceder a este grupo deberás estar en posesión del título universitario de Grado.
Grupo B: en este grupo se exigirá disponer el título de Técnico Superior.
Grupo C: que a su vez está divido en el subgrupo C1 y C2. Para C1 deberás disponer del título de bachiller o de técnico. En cambio para el C2, con el graduado en Educación Secundaria Obligatoria ya es suficiente.
-PERSONAL EVENTUAL
El empleado público que se nombra libremente en régimen no permanente es personal eventual. Este empleado ocupa un lugar de trabajo de confianza o para asesorar.
-PERSONAL INTERINO
El interino ocupa, provisionalmente, las plazas que deben ser ocupadas por los funcionarios de carrera. Además sustituye a los funcionarios que tienen el derecho de reserva de plaza y destino. También, el personal interino puede dedicarse a programas temporales o para situaciones urgentes.
-PERSONAL DIRECTIVO PROFESIONAL
-PERSONAL DIRECTIVO PROFESIONAL
Es personal directivo el que desarrolla funciones directivas profesionales en las Administraciones Públicas, definidas como tales en las normas específicas de cada Administración. Su designación atenderá a principios de mérito y capacidad y a criterios de idoneidad, y se llevará a cabo mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia. El personal directivo estará sujeto a evaluación con arreglo a los criterios de eficacia y eficiencia, responsabilidad por su gestión y control de resultados en relación con los objetivos que les hayan sido fijados.
1.2. EMPLEO PRIVADO

El sector privado, que se contrapone al sector público, es aquella parte de la economía que busca el lucro en su actividad y que no está controlada por el Estado.Por contraste, las empresas que pertenecen al Estado son parte del sector público. Las organizaciones privadas sin ánimo de lucro están incluidas en el sector voluntario o tercer sector.
Las formas jurídicas en que se pueden desarrollar las actividades del sector privado son muy variadas y van desde el ejercicio individual por una persona de una actividad empresarial hasta las grandes compañías que cotizan en bolsa y son propiedad de miles de accionistas, pasando por otras formas como la sociedad de responsabilidad limitada, la comunidad de bienes, la unión temporal de empresas (UTE), etc. En cada país la legislación recoge unas formas y les asigna unas determinadas características. Aunque 2 países compartan el mismo idioma y sea válida en ellas la misma forma jurídica, puede adoptar denominaciones oficiales diferentes. Asimismo hay formas jurídicas que existen en unos países y no en otros. Incluso aunque la misma forma jurídica exista en 2 países distintos con la misma denominación, puede tener en ellos tratamiento y obligaciones diferentes.
2. OFERTAS PUBLICAS Y PRIVADAS DE EMPLEO EN EL SECTOR SANITARIO. PROCESOS DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN
2.1. OFERTAS PUBLICAS Y PRIVADAS DE EMPLEO EN EL SECTOR SANITARIO
Del total de nuevos profesionales, 2.532 se incorporarán con plaza propia al sistema sanitario público a través del turno libre, mientras que los 1.086 restantes podrán mejorar su situación laboral por la vía de la promoción interna. Entre todas las plazas ofertadas se reservará el 10% (253 del primer tipo y 109 del segundo) para personas que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.
2.2. SELECCIÓN DE PERSONAL EN LA EMPRESA PRIVADA

2.3. ACCESO A LA FUNCIÓN PUBLICA

Para acceder al empleo público deben de cumplirse los requisitos exigidos en la convocatoria, presentar en el plazo la solicitud, pagar, salvo exención, la tasa correspondiente, superar las pruebas selectivas y tomar posesión en la plaza ofertada.
El acceso a la condición de empleado público puede ser a la condición de funcionario de carrera o a la de trabajador con contrato laboral fijo, en función del tipo de tareas a desempeñar.
En algunos casos se convocan procesos para ser nombrado funcionario interino o personal laboral temporal, en estos casos la duración de la relación de servicios con la Administración está limitada en el tiempo y no es permanente. No obstante, con carácter general para el nombramiento del personal temporal no se publica una convocatoria previa, ya que suelen utilizarse listas de reserva de candidatos en anteriores procesos selectivos para personal fijo u otros procedimientos específicos.
2.4. OFERTA DE EMPLEO PUBLICO (OPE)

Con el Decreto 209/2018, del 20 de noviembre se aprueba la oferta de empleo público de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (SAS) para 2018, con un total de 3.618 plazas para personal tanto sanitario como no sanitario. Es la primera vez que la oferta supera la cobertura de las vacantes, incorporando un 8% adicional de puestos de trabajo.
Del total de nuevos profesionales, 2.532 se incorporarán con plaza propia al sistema sanitario público a través del turno libre, mientras que los 1.086 restantes podrán mejorar su situación laboral por la vía de la promoción interna. Entre todas las plazas ofertadas se reservará el 10% (253 del primer tipo y 109 del segundo) para personas que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.
2.5. MÉTODOS Y PROCESOS DE SELECCIÓN

La selección del personal de la convocatoria se hará mediante concurso-oposición, siendo la fase de oposición eliminatoria. Esta consistirá en la realización de un cuestionario teórico de preguntas sobre los últimos temarios aprobados y publicados en BOJA y de un cuestionario práctico adecuado a las funciones propias de la categoría a la que se aspira.
En cuanto a los profesionales del SAS que se presenten por el turno de promoción interna, se someterán a procesos selectivos en convocatorias independientes de las de acceso libre. Además, quedarán exentos de las pruebas de temario común, de cuyos contenidos ya se examinaron en su día. También se tendrá en cuenta el ejercicio diario y la formación continua que les permite mantener actualizados sus conocimientos.
3. PUESTOS DE TRABAJO EN EL SECTOR
3.1. GRUPOS DE CLASIFICACIÓN

La clasificación del personal en el régimen estatutario se establece de acuerdo con lo siguiente:
1.2. EMPLEO PRIVADO

El sector privado, que se contrapone al sector público, es aquella parte de la economía que busca el lucro en su actividad y que no está controlada por el Estado.Por contraste, las empresas que pertenecen al Estado son parte del sector público. Las organizaciones privadas sin ánimo de lucro están incluidas en el sector voluntario o tercer sector.
Las formas jurídicas en que se pueden desarrollar las actividades del sector privado son muy variadas y van desde el ejercicio individual por una persona de una actividad empresarial hasta las grandes compañías que cotizan en bolsa y son propiedad de miles de accionistas, pasando por otras formas como la sociedad de responsabilidad limitada, la comunidad de bienes, la unión temporal de empresas (UTE), etc. En cada país la legislación recoge unas formas y les asigna unas determinadas características. Aunque 2 países compartan el mismo idioma y sea válida en ellas la misma forma jurídica, puede adoptar denominaciones oficiales diferentes. Asimismo hay formas jurídicas que existen en unos países y no en otros. Incluso aunque la misma forma jurídica exista en 2 países distintos con la misma denominación, puede tener en ellos tratamiento y obligaciones diferentes.
2. OFERTAS PUBLICAS Y PRIVADAS DE EMPLEO EN EL SECTOR SANITARIO. PROCESOS DE SELECCIÓN Y CONTRATACIÓN
2.1. OFERTAS PUBLICAS Y PRIVADAS DE EMPLEO EN EL SECTOR SANITARIO

2.2. SELECCIÓN DE PERSONAL EN LA EMPRESA PRIVADA
-DEFINICIÓN DEL PUESTO: describir el puesto de trabajo es decir funciones y tareas que se realizan en el, y el perfil del trabajador, es decir, las características personales exigidas para desempeñar dicho puesto de trabajo.
-FORMULACIÓN DE LA OFERTA DE TRABAJO: las ofertas no aparecen publicadas en todos los medios, por lo que es recomendable consultar varias fuentes para no perder oportunidades de empleo.
-PRESELECCIÓN DE CANDIDATOS: cuando la empresa ha formulado la oferta de trabajo, empieza a recibir solicitudes o currículos de personas interesadas, el responsable hace una preselección de estos y coge los que le parezcan mas adecuados, los demás los archiva o se deshace de ellos.
-REALIZACIÓN DE ENTREVISTAS DE SELECCIÓN: es un paso clave en el proceso de selección. Sirve para que los entrevistadores conozcan a los candidatos y complementen la información que poseen.
-COMPROBACIÓN DE REFERENCIAS: en el currículum vitae y en la entrevista, el aspirante informa sobre personas que conoce, trabajos y estudios que ha realizado. La información que se escribe en el currículo y la que se da en la entrevista deben de ser verídicas y precisas.
2.3. ACCESO A LA FUNCIÓN PUBLICA

Para acceder al empleo público deben de cumplirse los requisitos exigidos en la convocatoria, presentar en el plazo la solicitud, pagar, salvo exención, la tasa correspondiente, superar las pruebas selectivas y tomar posesión en la plaza ofertada.
El acceso a la condición de empleado público puede ser a la condición de funcionario de carrera o a la de trabajador con contrato laboral fijo, en función del tipo de tareas a desempeñar.
En algunos casos se convocan procesos para ser nombrado funcionario interino o personal laboral temporal, en estos casos la duración de la relación de servicios con la Administración está limitada en el tiempo y no es permanente. No obstante, con carácter general para el nombramiento del personal temporal no se publica una convocatoria previa, ya que suelen utilizarse listas de reserva de candidatos en anteriores procesos selectivos para personal fijo u otros procedimientos específicos.
2.4. OFERTA DE EMPLEO PUBLICO (OPE)

Con el Decreto 209/2018, del 20 de noviembre se aprueba la oferta de empleo público de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud (SAS) para 2018, con un total de 3.618 plazas para personal tanto sanitario como no sanitario. Es la primera vez que la oferta supera la cobertura de las vacantes, incorporando un 8% adicional de puestos de trabajo.
Del total de nuevos profesionales, 2.532 se incorporarán con plaza propia al sistema sanitario público a través del turno libre, mientras que los 1.086 restantes podrán mejorar su situación laboral por la vía de la promoción interna. Entre todas las plazas ofertadas se reservará el 10% (253 del primer tipo y 109 del segundo) para personas que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.
2.5. MÉTODOS Y PROCESOS DE SELECCIÓN

La selección del personal de la convocatoria se hará mediante concurso-oposición, siendo la fase de oposición eliminatoria. Esta consistirá en la realización de un cuestionario teórico de preguntas sobre los últimos temarios aprobados y publicados en BOJA y de un cuestionario práctico adecuado a las funciones propias de la categoría a la que se aspira.
En cuanto a los profesionales del SAS que se presenten por el turno de promoción interna, se someterán a procesos selectivos en convocatorias independientes de las de acceso libre. Además, quedarán exentos de las pruebas de temario común, de cuyos contenidos ya se examinaron en su día. También se tendrá en cuenta el ejercicio diario y la formación continua que les permite mantener actualizados sus conocimientos.
3. PUESTOS DE TRABAJO EN EL SECTOR
3.1. GRUPOS DE CLASIFICACIÓN

La clasificación del personal en el régimen estatutario se establece de acuerdo con lo siguiente:
GRUPO A1 (ANTIGUO GRUPO A): A.1.
- Facultativos médicos y técnicos
- Médico
- Farmacéutico
- Odontólogo
- Veterinario
- Biólogo
- Psicólogo
- Físico
- Químico
- * todas las especialidades oficiales
GRUPO A2 (ANTIGUO GRUPO B).B.1. Diplomados sanitarios
- Enfermero/a
- Matrona
- Fisioterapeuta
- * todas las especialidades oficiales
- Técnico especialista radiología
- Técnico especialista laboratorio
- Técnico especialista anatomía patológica
- Técnico especialista medicina nuclear
- Otras familias sanitarias
- Administrativo
- Auxiliar de enfermería
- Otras familias sanitarias
- Auxiliar administrativo
- Celador
- Operario de servicios
Para los profesionales de la sanidad, hemos preparado un listado con portales webs y recursos para buscar empleo en el sector sanitario tanto en España como en otros países del mundo.
En este listado de portales web, vas encontrar información y ofertas de empleo tanto para médicos como enfermeros, fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales, farmacéuticos, auxiliares de enfermería,… y todos aquellos profesionales que pertenecen al sector de la salud de alguna u otra manera.
4. UTILIZACIÓN DE APLICACIONES INFORMÁTICAS DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

La utilización de aplicaciones informáticas de oficina para la realización de tareas administrativas incluye aspectos como:
- Confección, registro y control de toda la documentación administrativa generada en el centro sanitario.
- Gestión y control de los archivos de información sanitaria.
- Confección de la documentación y gestión y control de las obligaciones documentales del centro.
Las actividades profesionales asociadas a esta función se aplican en:
- Comunicaciones de todo tipo.
- Atención al paciente/usuario.
- Proceso de datos.
- Documentación.
- Tramitación.
- Registro.
Las líneas de actuación en el proceso de enseñanza-aprendizaje que permiten alcanzar los objetivos del módulo versarán sobre:
- El análisis de los cambios y novedades que se producen en el mercado de aplicaciones informáticas.
- La instalación y actualización de aplicaciones.
- La elaboración de documentos (manuales, informes y partes de incidencia, entre otros)
- La asistencia y resolución de problemas en la explotación de aplicaciones.
5. CARTERA DE SERVICIOS DE UN CENTRO SANITARIO PUBLICO, PRIVADO, DE ATENCIÓN PRIMARIA, ESPECIALIZADA
La cartera de servicios del Servicio Andaluz de Salud garantiza prestaciones comunes para la atención integral y en condiciones de equidad a los usuarios de nuestro sistema sanitario público; así, contiene programas, procedimientos, técnicas y tecnologías que suponen una mejora de la salud y están basadas en la mejor evidencia científica disponible. La cartera de servicios también incluye la oferta que es propia de la sanidad pública de Andalucía y la que se realiza al Sistema Nacional de Salud a través de los Centros, Servicio y Unidades de Referencia

La Cartera de Servicios de Atención Primaria del Servicio Andaluz de Salud, recoge el conjunto de actividades científico-técnicas que se realizan en el primer nivel asistencial, estableciendo y unificando criterios que garantizan la calidad de las prestaciones. Esta nueva versión se presenta como un instrumento de trabajo útil y práctico para facilitar a los y las profesionales el abordaje de los problemas de salud prioritarios para los ciudadanos y ciudadanas.

La Cartera de Servicios de Atención Hospitalaria se define como el desarrollo de la oferta clínico–asistencial que el Servicio Andaluz de Salud (SAS) pone a disposición de los usuarios en este nivel asistencial; de esta manera, se hacen efectivas las prestaciones sanitarias que garantizan la protección de la salud en condiciones de equidad.
Para la definición de las distintas carteras de servicios, se tiene en cuenta la seguridad, eficacia, efectividad, eficiencia y utilidad diagnóstica o terapéutica de las técnicas, tecnologías y procedimientos que configuran la cartera. Por esto, la metodología para la elaboración de los catálogos incluye la revisión científica, y se completa con la participación de las unidades asistenciales y profesionales implicados, así como con la valiosa aportación de las Sociedades Científicas.
En los catálogos publicados se han establecido los procesos y procedimientos que definen la cartera de servicios para cada especialidad y, cuando procede, las técnicas diagnósticas o terapéuticas asociadas; también clasifica los procedimientos y técnicas por hospitales o por nivel hospitalario. En ocasiones, por su interés, se encuentran desarrollos específicos para áreas de conocimiento dentro de una especialidad, bien para patologías concretas, por tratarse de programas específicos, procedimientos de especial complejidad, o para la atención a grupos con mayor nivel de protección o necesidad asistencial.
La cartera de servicios de Atención Hospitalaria del SAS garantiza las prestaciones para todas las personas usuarias, ya que los centros en los que se desarrolla actúan de manera estructurada, ordenada y responsable cuando, por su nivel asistencial, una técnica no está disponible en un hospital.
MUFACE
Los beneficiarios podrán elegir libremente facultativo y centro entre los que figuran en los Catálogos de Proveedores de la Entidad en todo el territorio nacional.
Se deberá acreditar previamente la condición de beneficiario, exhibiendo la correspondiente Tarjeta Sanitaria de la Entidad.
En los casos en que, por razones de urgencia, no sea posible aportar en el acto la documentación anterior, el beneficiario deberá identificarse con su D.N.I. u otro documento que acredite su personalidad, y presentar aquella documentación en el plazo máximo de 48 horas.
Utilización de medios no concertados
Cuando un beneficiario, por decisión propia o de sus familiares, utilice medios no concertados con la Entidad, deberá abonar, sin derecho a reintegro, los gastos que puedan ocasionarse, excepto en los casos de denegación injustificada de asistencia y en los de asistencia urgente de carácter vital, en los términos del Concierto de Asistencia Sanitaria vigente.
Prestaciones que precisan autorización
Los servicios que requieren autorización previa de la Entidad son:
1.1. Hospitalizaciones:
A) Hospitalización.
B) Hospitalización de día.
C) Hospitalización domiciliaria.
D) Cuidados paliativos a domicilio por equipos de soporte.
1.2. Técnicas diagnósticas, tratamientos y técnicas quirúrgicas:
A) Cirugía ambulatoria.
B) Odontoestomatología: Tartrectomía (limpieza de boca). Prótesis dentarias e implantes osteointegrados en accidente en acto de servicio o enfermedad profesional. Implante dental, para pacientes con procesos oncológicos que afectan a la cavidad oral que impliquen la pérdida de dientes relacionada directamente con la patología o su tratamiento, y pacientes con malformaciones congénitas que cursan con anodoncia (fisurados, malformaciones linfáticas, displasia ectodérmica, síndromes craneofacales, etc.)
C) Rehabilitación, Fisioterapia y Logopedia.
D) Terapias Respiratorias: Oxigenoterapia, Ventiloterapia y Aerosolterapia a domicilio.
E) Tratamiento de Diálisis Peritoneal y Hemodiálisis.
F) Oncología: Inmunoterapia y Quimioterapia, Cobaltoterapia, Radiumterapia e Isótopos Radiactivos, Braquiterapia y Acelerador Lineal.
G) Diagnóstico por imagen: Tomografía Axial Computerizada, Resonancia Magnética, Ortopantomografía, Mamografía, PET-TC, Gammagrafía, Doppler y Densitometría Ósea.
H) Estudios neurofisiológicos.
I) Test y estudios neuropsicológicos.
J) Estudio y tratamiento endoscópico.
K) Cardiología: Estudios y tratamientos hemodinámicos.
L) Obstetricia: Amniocentesis.
M) Oftalmología: Retinografía y tratamiento láser, Tomografía Óptica de Coherencia, Tomografía Óptica con Láser Confocal (HTR - Heidelberg Retina Tomograph), Polarimetría Láser GDX, y Tratamiento de la degeneración macular asociada a la edad (DMAE) por Terapia Fotodinámica o Inyección intravítrea de antiangiogénicos.
N) Tratamiento en Unidad del Dolor.
O) Estudio y tratamiento en Unidad del Sueño.
P) Litotricia renal extracorpórea.
1.3. Psicoterapia.
1.4. Asistencia a médicos consultores.
1.5. Podología.
1.6. Los servicios correspondientes al Nivel IV y los Servicios de Referencia.
1.7. Los Servicios correspondientes a los centros hospitalarios privados existentes en municipios de Nivel II donde la Entidad no dispone de centros concertados, para los beneficiarios residentes en estos municipios o agrupaciones.
https://www.campustraining.es/noticias/tipos-empleados-publicos/
https://www.boe.es/buscar/pdf/2015/BOE-A-2015-11430-consolidado.pdf
https://www.hacienda.gob.es/es-ES/Empleo%20Publico/Paginas/acceso-empleo-publico.aspx
https://ope2011.osakidetza.net/aOPE2011/cas/InformacionGeneral/ClasificacionPersonal.jsp
https://www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/profesionales/cartera-de-servicios/atencion-primaria
https://www.juntadeandalucia.es/boja/2015/231/12
https://es.wikipedia.org/wiki/Sector_privado
https://www.muface.es/muface_Home/Prestaciones/asistencia-sanitaria-nacional/normas-acceso-cartera-servicios.html